Partes de baja y de confirmación
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Escribe la fecha del parte de baja y la duración que estima el médico: verás la fecha máxima de cada revisión hasta el día 365.
Tus partes de confirmación
2 revisiones
De 31 a 60 días: revisión en 7 días y luego cada 28.
| Primera revisión, como tarde | 5 de noviembre de 2026 |
| Grupo del RD 625/2014 | 3 |
Son fechas máximas: el médico puede citarte antes. Las copias de los partes son para ti; la empresa los recibe del INSS (RD 625/2014, art. 7).
| Revisión | Fecha máxima |
|---|---|
| 1 | 5 de noviembre de 2026 |
| 2 | 3 de diciembre de 2026 |
Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026
El médico que firma la baja estima cuánto durará y esa estimación decide el ritmo de las revisiones. Si prevé menos de 5 días, firma la baja y el alta en el mismo acto. Entre 5 y 30 días, la primera revisión llega como tarde a los 7 días y las siguientes cada 14. Entre 31 y 60 días, la primera también a los 7 y luego cada 28. Con 61 días o más, la primera puede esperar 14 días y las siguientes se espacian hasta 35. Para un parte del 2 de noviembre de 2026 con 45 días estimados, la primera confirmación es como muy tarde el 9 de noviembre de 2026. Son plazos máximos: el médico puede citarte antes. Tú recibes una copia de cada parte, y la empresa recibe los datos administrativos directamente del INSS, sin el diagnóstico.
Los cuatro grupos de duración
El artículo 2.3 del Real Decreto 625/2014 reparte las bajas en cuatro grupos según la duración que el médico estima al firmar el primer parte. Esa duración también figura en los datos que recibe el INSS, junto con la fecha de la siguiente revisión.
| Duración estimada | Primera revisión | Siguientes |
|---|---|---|
| Menos de 5 días | Baja y alta en el mismo acto | No hay |
| De 5 a 30 días | Hasta 7 días | Cada 14 días como máximo |
| De 31 a 60 días | Hasta 7 días | Cada 28 días como máximo |
| 61 días o más | Hasta 14 días | Cada 35 días como máximo |
Con un parte del 2 de noviembre de 2026 y 45 días estimados, las revisiones caen como tarde el 9 de noviembre de 2026, el 7 de diciembre de 2026. Si el médico estima 90 días, la primera llega como tarde el 16 de noviembre de 2026 y hay 3 revisiones antes del día 90. Cuando cambia el diagnóstico, se emite un parte de confirmación con una nueva duración estimada y el calendario se recalcula desde ahí.
Las bajas muy cortas
En el grupo de menos de 5 días, el médico pone la fecha del alta en el mismo parte: puede ser el propio día o cualquiera de los tres siguientes. Si llegado ese día no te has recuperado, puedes pedir que te vean de nuevo y el médico puede firmar un parte de confirmación. Recuerda que en enfermedad común esos tres primeros días no se cobran salvo que tu convenio los complemente, como explicamos en los primeros días de baja.
Las fechas de cobro de la misma baja
Calendario de tu baja
28 de octubre de 2027
| Último día previsto | 27 de diciembre de 2026 |
| INSS o mutua desde | 13 de noviembre de 2026 |
| Pasas al 75 % el | 18 de noviembre de 2026 |
| Día 365: el control pasa al INSS | 28 de octubre de 2027 |
Qué recibe cada uno
Según el artículo 7 del mismo real decreto, el médico te entrega una copia del parte de baja, de cada confirmación y del alta. El servicio de salud, o la mutua si la causa es profesional, envía los datos al INSS el primer día hábil siguiente, y el INSS los comunica a la empresa. La empresa tiene 3 días hábiles para enviar por el sistema RED los datos que le tocan, como la base de cotización. El parte de alta te obliga a volver al trabajo el día siguiente: qué hacer si no estás de acuerdo está en el alta médica. Al llegar a los 365 días, los partes dejan de emitirse en el centro de salud y el control pasa al INSS, como explica el artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social.