La baja en los convenios de construcción, química, textil, artes gráficas y cárnicas

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El que tu convenio toma como referencia

Más datos
¿Enfermedad grave que cita tu convenio?

Complemento: Construcción

1338 €

El convenio estatal solo garantiza el 100 % durante el ingreso hospitalario y los 60 días siguientes; el resto lo fija el convenio provincial.

Prestación legal3762 €
Complemento de la empresa1338 €
Total que cobras5100 €
Sin baja habrías cobrado5400 €

Referencia del complemento: sueldo. VII convenio, hasta 2026 y prorrogable. Leído en el BOE el 29 de octubre de 2026.

Cómo se calcula
DíasFechas%Quién pagaImporteConvenio
1-329 oct 2026 – 31 oct 20260 %Nadie: días sin subsidio0 €+ 180 €
4-151 nov 2026 – 12 nov 202660 %Empresa, a su cargo432 €+ 288 €
16-2013 nov 2026 – 17 nov 202660 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)180 €+ 120 €
21-7018 nov 2026 – 6 ene 202775 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)2250 €+ 750 €
71-907 ene 2027 – 26 ene 202775 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)900 €–
ConvenioArtículoBOE
VII Convenio colectivo general del sector de la construcciónArt. 70. Complemento en caso de hospitalizaciónBOE-A-2023-19903

Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026

Los cinco convenios estatales industriales que hemos leído protegen sobre todo el accidente de trabajo y la enfermedad profesional, y dejan la enfermedad común en la prestación legal salvo que haya ingreso hospitalario. Química, textil y cárnicas pagan el 100 % en accidente de trabajo; artes gráficas, desde el quinto día. En enfermedad común, química y artes gráficas solo complementan con hospitalización, y textil y cárnicas no complementan. El de construcción es un caso aparte: el estatal solo garantiza el 100 % durante el ingreso y los 60 días siguientes, y el resto lo fija el convenio de cada provincia. Con 1800 euros, 30 días de baja por accidente de trabajo en química dan 1800 €, frente a 1365 € de prestación; por enfermedad sin ingreso, 1062 €.

Construcción: el ingreso y los 60 días siguientes

El convenio general de la construcción (BOE-A-2023-19903, Art. 70) solo regula un complemento estatal: el 100 % del salario base y los pluses del convenio provincial durante la hospitalización y los 60 días siguientes, por cualquier causa, mientras siga la baja. El complemento ordinario de la enfermedad y del accidente lo fija el convenio de tu provincia, que la calculadora no conoce. VII convenio, hasta 2026 y prorrogable.

Con 1800 € y 10 días ingresado, una baja de 90 días da 5100,00 €: los 70 primeros días al 100 % y el resto al 75 % de la base. Sin ingreso, el estatal deja 3762,00 €.

Química: accidente, enfermedad profesional y hospitalización

El convenio de la industria química (BOE-A-2025-3083, Art. 37) garantiza el 100 % en accidente de trabajo, enfermedad profesional, hospitalización con su convalecencia, riesgo durante el embarazo y cirugía ambulatoria con más de 15 días de convalecencia. La referencia es el salario base, el plus convenio y los complementos personales y de puesto, sin pluses de domingo, festivo o nocturnidad ni incentivos. La enfermedad común sin ingreso no tiene complemento sectorial. XXI convenio, hasta 2026 y prorrogable.

Textil y confección: solo el accidente

El convenio textil (BOE-A-2025-20177, Art. 42) complementa el accidente de trabajo, incluido el que ocurre yendo o volviendo del trabajo, y la enfermedad profesional: el 100 % del salario bruto del mes anterior, hasta 12 meses. La enfermedad común queda en la ley. Si tu baja fue en el trayecto, mira accidente in itinere. Convenio 2024-2026.

Tu accidente de trabajo con el convenio

Complemento: Textil y confección

435 €

Prestación legal1365 €
Complemento de la empresa435 €
Total que cobras1800 €
Sin baja habrías cobrado1800 €
Abrir el cálculo completo →

Artes gráficas: desde el quinto día

El convenio de artes gráficas, papel, cartón y editoriales (BOE-A-2026-19751, Art. 8.6), vigente de 2026 a 2029, paga en accidente de trabajo y enfermedad profesional el 100 % de la base de cotización del mes anterior desde el quinto día hasta el alta. Los días 2 a 4 se cobran al 75 % de la ley. En enfermedad común, el 100 % del salario solo si hay hospitalización continuada a partir del quinto día y mientras dure. Con 1800 €, 30 días por accidente de trabajo dan 1755,00 €; 30 días por enfermedad con 12 de ingreso, 1254,00 €.

Industrias cárnicas: la base reguladora entera

El convenio de industrias cárnicas (BOE-A-2025-13965, Anexo 18) completa hasta el 100 % de la base reguladora en accidente de trabajo y enfermedad profesional, descontada la parte de pagas extra y horas extra, y deja de hacerlo si el contrato se extingue o pasa a pago directo. Enfermedad común: solo 13,848 euros por día de hospitalización con intervención quirúrgica (cifra de 2025). Con 1800 € de base, 60 días por enfermedad profesional dan 3600,00 €, frente a 2715,00 € del Decreto 3158/1966. Convenio 2024-2025, vigente hasta que lo sustituya otro.

Preguntas frecuentes

¿Qué complemento tiene la baja por enfermedad en la construcción?

El convenio estatal solo garantiza el 100 % mientras estás ingresado y durante los 60 días siguientes, si sigues de baja. El complemento general de la enfermedad y del accidente lo fija el convenio provincial. Con 1800 euros y 10 días de ingreso, una baja de 90 días da 5100 €; sin ingreso, 3762 € según el estatal.

¿En el convenio textil el accidente yendo al trabajo cuenta?

Sí. El artículo 42 incluye expresamente el accidente in itinere, junto con el accidente de trabajo y la enfermedad profesional: el 100 % del salario bruto del mes anterior, durante 12 meses como máximo. Con 1800 euros, 30 días de baja dan 1800 €. La enfermedad común no tiene complemento en este convenio.

¿Puede la empresa química quitarme el complemento por absentismo?

El artículo 36 del convenio de química permite retirar el complemento de la baja que la empresa pagara por costumbre o pacto si tu absentismo individual supera el 3 % en el trimestre. No afecta a la garantía del artículo 37, que cubre el accidente de trabajo, la enfermedad profesional y la hospitalización al 100 %.

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