La baja en los convenios de contact center, consultoría, ingeniería y seguridad privada
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Elige tu convenio, la causa y los días de baja: el resultado separa la prestación legal del complemento que paga la empresa.
Complemento: Contact center
429 €
Enfermedad: 70 % días 1 a 3 (9 días al año), 75 % hasta el 20 y 100 % hasta el año; accidente de trabajo: 100 % desde el primer día.
| Prestación legal | 1062 € |
| Complemento de la empresa | 429 € |
| Total que cobras | 1491 € |
| Sin baja habrías cobrado | 1800 € |
Los días 1 a 3 tienen un tope de 9 días al año. Referencia del complemento: sueldo. III convenio, hasta 2026 y prorrogable. Leído en el BOE el 29 de octubre de 2026.
| Días | Fechas | % | Quién paga | Importe | Convenio |
|---|---|---|---|---|---|
| 1-3 | 29 oct 2026 – 31 oct 2026 | 0 % | Nadie: días sin subsidio | 0 € | + 126 € |
| 4-15 | 1 nov 2026 – 12 nov 2026 | 60 % | Empresa, a su cargo | 432 € | + 108 € |
| 16-20 | 13 nov 2026 – 17 nov 2026 | 60 % | INSS o mutua (la empresa lo adelanta) | 180 € | + 45 € |
| 21-30 | 18 nov 2026 – 27 nov 2026 | 75 % | INSS o mutua (la empresa lo adelanta) | 450 € | + 150 € |
| Convenio | Artículo | BOE |
|---|---|---|
| III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (antes telemarketing) | Art. 70. Complementos en los supuestos de incapacidad temporal | BOE-A-2023-13741 |
Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026
Cuatro convenios estatales de servicios a empresas, cuatro reglas distintas. Contact center paga el 70 % los tres primeros días con un tope de 9 días al año, el 75 % hasta el día 20 y el 100 % hasta el año, y el accidente de trabajo al 100 % desde el primer día. Consultoría y TIC, igual que ingeniería, solo complementa las bajas de más de 30 días, y entonces lo hace al 100 % desde el quinto día: una baja de 30 días con 1800 euros de sueldo da 1062 € y una de 31 días, 1656 €. Seguridad privada aplica una escala del 50 al 100 % de la base de cotización hasta el día 100, con topes por número de bajas en el año. En los cuatro, desde que acaba el complemento cobras la prestación legal.
Contact center: tres escalones y un tope anual
El convenio de contact center, antes telemarketing (BOE-A-2023-13741, Art. 70), mejora cada tramo de la ley. Por enfermedad: el 70 % del salario de convenio los días 1 a 3, con un tope de 9 días al año; el 75 % del día 4 al 20; y el 100 % desde el 21 hasta cumplir un año de baja. Con ingreso hospitalario, el 100 % desde el primer día. El accidente de trabajo se cobra al 100 % desde el día 1; la enfermedad profesional no aparece en el artículo. El salario de convenio incluye el salario base, las pagas extra y los pluses de festivos, domingos, nocturnidad e idiomas. III convenio, hasta 2026 y prorrogable.
Con 1800 €, 30 días de baja por enfermedad dan 1491,00 €; si la baja empieza con un ingreso, 1800,00 €.
Consultoría y TIC: solo las bajas largas
El convenio de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado (BOE-A-2025-7766, Art. 26) no complementa las bajas de 30 días o menos: en ellas cobras la prestación legal. Si la baja pasa de 30 días, la empresa paga el 100 % del salario desde el quinto día inclusive, durante 12 meses como máximo desde la baja. Se respetan las condiciones más beneficiosas que ya tuvieras. XIX convenio, hasta 2027.
| Días de baja | Prestación legal | Con el convenio |
|---|---|---|
| 15 | 432,00 € | 432,00 € |
| 30 | 1062,00 € | 1062,00 € |
| 31 | 1107,00 € | 1656,00 € |
| 60 | 2412,00 € | 3396,00 € |
Ingeniería: la misma regla, con prórroga
El convenio de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (BOE-A-2023-6346, Art. 29) usa el mismo umbral de 30 días y el mismo inicio en el quinto día, al 100 % del salario. Dura 12 meses y se amplía 6 más, del día 366 al 545, si se reconoce la prórroga de la baja; termina si se extingue el contrato. XX convenio, en prórroga anual. Una baja de 60 días con 1800 € da 3396,00 €, de los que 984,00 € pone la empresa.
Prueba con 30 y con 31 días
Complemento: Ingeniería
549 €
| Prestación legal | 1107 € |
| Complemento de la empresa | 549 € |
| Total que cobras | 1656 € |
| Sin baja habrías cobrado | 1860 € |
Seguridad privada: una escala sobre la base
El convenio de empresas de seguridad (BOE-A-2026-8569, Art. 51) toma la base de cotización por contingencias comunes, no el sueldo. Por enfermedad: 50 % los días 1 a 3, solo una vez al año; 80 % del 4 al 20, dos veces al año; 100 % del 21 al 40; 90 % del 41 al 60; 80 % del 61 al 90; y 80 % del 91 al 100 solo si no tuviste otra baja en los 12 meses anteriores. Con ingreso hospitalario, 100 % desde el ingreso y hasta 40 días. El accidente laboral se cobra al 100 % de la tabla del anexo con antigüedad y plus de peligrosidad. Convenio 2026-2030.
Con 1800 € de base, una primera baja de 100 días da 5106,00 € frente a 4212,00 € de prestación legal. Desde el día 101 cobras lo que fija el Decreto 3158/1966: el 75 % de la base.