La baja en los convenios de contact center, consultoría, ingeniería y seguridad privada

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Elige tu convenio, la causa y los días de baja: el resultado separa la prestación legal del complemento que paga la empresa.

El que tu convenio toma como referencia

Más datos
¿Enfermedad grave que cita tu convenio?

Complemento: Contact center

429 €

Enfermedad: 70 % días 1 a 3 (9 días al año), 75 % hasta el 20 y 100 % hasta el año; accidente de trabajo: 100 % desde el primer día.

Prestación legal1062 €
Complemento de la empresa429 €
Total que cobras1491 €
Sin baja habrías cobrado1800 €

Los días 1 a 3 tienen un tope de 9 días al año. Referencia del complemento: sueldo. III convenio, hasta 2026 y prorrogable. Leído en el BOE el 29 de octubre de 2026.

Cómo se calcula
DíasFechas%Quién pagaImporteConvenio
1-329 oct 2026 – 31 oct 20260 %Nadie: días sin subsidio0 €+ 126 €
4-151 nov 2026 – 12 nov 202660 %Empresa, a su cargo432 €+ 108 €
16-2013 nov 2026 – 17 nov 202660 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)180 €+ 45 €
21-3018 nov 2026 – 27 nov 202675 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)450 €+ 150 €
ConvenioArtículoBOE
III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (antes telemarketing)Art. 70. Complementos en los supuestos de incapacidad temporalBOE-A-2023-13741

Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026

Cuatro convenios estatales de servicios a empresas, cuatro reglas distintas. Contact center paga el 70 % los tres primeros días con un tope de 9 días al año, el 75 % hasta el día 20 y el 100 % hasta el año, y el accidente de trabajo al 100 % desde el primer día. Consultoría y TIC, igual que ingeniería, solo complementa las bajas de más de 30 días, y entonces lo hace al 100 % desde el quinto día: una baja de 30 días con 1800 euros de sueldo da 1062 € y una de 31 días, 1656 €. Seguridad privada aplica una escala del 50 al 100 % de la base de cotización hasta el día 100, con topes por número de bajas en el año. En los cuatro, desde que acaba el complemento cobras la prestación legal.

Contact center: tres escalones y un tope anual

El convenio de contact center, antes telemarketing (BOE-A-2023-13741, Art. 70), mejora cada tramo de la ley. Por enfermedad: el 70 % del salario de convenio los días 1 a 3, con un tope de 9 días al año; el 75 % del día 4 al 20; y el 100 % desde el 21 hasta cumplir un año de baja. Con ingreso hospitalario, el 100 % desde el primer día. El accidente de trabajo se cobra al 100 % desde el día 1; la enfermedad profesional no aparece en el artículo. El salario de convenio incluye el salario base, las pagas extra y los pluses de festivos, domingos, nocturnidad e idiomas. III convenio, hasta 2026 y prorrogable.

Con 1800 €, 30 días de baja por enfermedad dan 1491,00 €; si la baja empieza con un ingreso, 1800,00 €.

Consultoría y TIC: solo las bajas largas

El convenio de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado (BOE-A-2025-7766, Art. 26) no complementa las bajas de 30 días o menos: en ellas cobras la prestación legal. Si la baja pasa de 30 días, la empresa paga el 100 % del salario desde el quinto día inclusive, durante 12 meses como máximo desde la baja. Se respetan las condiciones más beneficiosas que ya tuvieras. XIX convenio, hasta 2027.

Consultoría y TIC, sueldo de 1800 €, enfermedad común
Días de bajaPrestación legalCon el convenio
15432,00 €432,00 €
301062,00 €1062,00 €
311107,00 €1656,00 €
602412,00 €3396,00 €

Ingeniería: la misma regla, con prórroga

El convenio de ingeniería y oficinas de estudios técnicos (BOE-A-2023-6346, Art. 29) usa el mismo umbral de 30 días y el mismo inicio en el quinto día, al 100 % del salario. Dura 12 meses y se amplía 6 más, del día 366 al 545, si se reconoce la prórroga de la baja; termina si se extingue el contrato. XX convenio, en prórroga anual. Una baja de 60 días con 1800 € da 3396,00 €, de los que 984,00 € pone la empresa.

Prueba con 30 y con 31 días

Complemento: Ingeniería

549 €

Prestación legal1107 €
Complemento de la empresa549 €
Total que cobras1656 €
Sin baja habrías cobrado1860 €
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Seguridad privada: una escala sobre la base

El convenio de empresas de seguridad (BOE-A-2026-8569, Art. 51) toma la base de cotización por contingencias comunes, no el sueldo. Por enfermedad: 50 % los días 1 a 3, solo una vez al año; 80 % del 4 al 20, dos veces al año; 100 % del 21 al 40; 90 % del 41 al 60; 80 % del 61 al 90; y 80 % del 91 al 100 solo si no tuviste otra baja en los 12 meses anteriores. Con ingreso hospitalario, 100 % desde el ingreso y hasta 40 días. El accidente laboral se cobra al 100 % de la tabla del anexo con antigüedad y plus de peligrosidad. Convenio 2026-2030.

Con 1800 € de base, una primera baja de 100 días da 5106,00 € frente a 4212,00 € de prestación legal. Desde el día 101 cobras lo que fija el Decreto 3158/1966: el 75 % de la base.

Preguntas frecuentes

¿Por qué en consultoría cobro más con 31 días de baja que con 30?

Porque el artículo 26 del convenio de consultoría solo complementa las bajas de más de 30 días, y entonces desde el quinto día. Con 1800 euros de sueldo, 30 días de baja dan 1062 € y 31 días, 1656 €. Cuando la baja pasa de 30 días, el complemento alcanza también a los días 5 a 30, no solo a los posteriores.

¿Cuántas veces al año se cobran al 70 % los primeros días en contact center?

El artículo 70 limita ese 70 % de los días 1 a 3 a un total de 9 días al año, es decir, tres bajas cortas completas. A partir de ahí los tres primeros días vuelven a quedar sin cobro, como en la ley. Si la baja empieza con ingreso hospitalario, cobras el 100 % desde el primer día.

¿Qué baja de seguridad privada se cobra al 50 %?

Los días 1 a 3 de la primera baja por enfermedad del año se pagan al 50 % de la base de cotización; en las siguientes, esos días no se cobran. Los días 4 a 20 suben al 80 % dos veces al año. Con 1800 euros de base, una primera baja de 100 días da 5106 € y una segunda, 4986 €.

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