Situaciones especiales de baja

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¿Sueldo mensual y todo el mes de alta?

Solo en accidente de trabajo y enfermedad profesional

¿Enfermedad grave que cita tu convenio?

Cobras por 10 días de baja

600 €

Enfermedad común · base de septiembre de 2026 (regla vigente hasta el 30 de noviembre de 2026: el mes anterior)

Base reguladora diaria60 €
Prestación legal600 €
A cargo del INSS o la mutua600 €
Sin baja habrías cobrado (bruto)600 €

Importes brutos: la prestación tributa en el IRPF y cotiza. Nada de lo que escribes sale de tu navegador.

Cómo se calcula
DíasFechas%Quién pagaImporte
1-1029 oct 2026 – 7 nov 2026100 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)600 €

Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026

La ley reconoce cinco situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes que se pagan mejor que una enfermedad común. Son la menstruación incapacitante secundaria y la interrupción del embarazo; la gestación desde la semana 39; la donación de órganos o tejidos; y, desde el 1 de diciembre de 2026, el trastorno menopáusico limitante y las lesiones por violencia de género. Todas se cobran desde el día siguiente a la baja, con el sueldo del primer día a cargo de la empresa, y el subsidio lo paga el INSS o la mutua desde el principio. La donación se paga al 100 % de la base; las demás, al 60 % hasta el día 20 y al 75 % después. Solo la semana 39 exige días cotizados, según la edad. Con 1800 euros de base, una baja de 10 días por menopausia da 384 €, frente a 252 € por enfermedad común.

Las situaciones, una a una

El artículo 169.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social, en la redacción del Real Decreto-ley 31/2026, enumera las situaciones especiales. La primera agrupa dos casos, la menstruación incapacitante y la interrupción del embarazo, por eso la tabla tiene seis filas. Las compara con una baja de diez días que empieza el 10 de diciembre de 2026 y una base de 1800 €.

Baja de 10 días desde el 10 de diciembre de 2026, base de 1800 €; incluye el sueldo del día 1
SituaciónExistía antesTotal en 10 días
Menstruación incapacitante secundariaSí384,00 €
Interrupción del embarazoSí384,00 €
Gestación desde la semana 39Sí384,00 €
Donación de órganos o tejidosSí600,00 €
Trastorno menopáusico limitanteNo, desde el 1-12-2026384,00 €
Lesiones por violencia de géneroNo, desde el 1-12-2026384,00 €
Enfermedad común (referencia)Sí252,00 €

Lo que tienen en común

Desde el 1 de diciembre de 2026, el artículo 173.1 trata igual a todas en el calendario: el subsidio nace el día siguiente a la baja y el sueldo del primer día lo paga la empresa. Antes de esa fecha, la menstruación y la donación se pagaban desde el mismo día de la baja. Ninguna tiene tramo de los días 4 a 15 a cargo de la empresa: el INSS o la mutua pagan desde el principio, aunque la empresa lo adelante en la nómina. La cuantía es la de las contingencias comunes, salvo la donación, que cobra el 100 %. La menstruación no cuenta nunca como recaída, como explica la página de menstruación.

Compara una situación especial

Cobras por 10 días de baja

252 €

Base reguladora diaria60 €
Prestación legal252 €
A cargo de la empresa (días 4 a 15)252 €
A cargo del INSS o la mutua0 €
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Días cotizados y documentación

El artículo 172 no exige días cotizados para la menstruación, la interrupción, la donación, la menopausia ni la violencia de género. La semana 39 sigue la escala por edad del permiso por nacimiento: el detalle está en semana 39 de embarazo y en días cotizados exigidos. En todas, el médico identifica la situación con una codificación propia en el parte. En la de violencia de género, además, debe constar antes del alta alguno de los documentos oficiales que relacionan la lesión con el acto de violencia, y en él debe figurar de forma expresa esa relación. Si la interrupción del embarazo se debe a un accidente de trabajo o a una enfermedad profesional, se trata como contingencia profesional y se cobra al 75 % desde el día siguiente, a cargo de la entidad que cubre los riesgos profesionales.

Preguntas frecuentes

¿Qué hace falta para la baja por violencia de género?

Que las lesiones las haya causado quien es o fue tu pareja, que recibas asistencia sanitaria y que estés impedida para trabajar. Además, antes del alta deben existir documentos oficiales: la comunicación sanitaria a la fiscalía o al juzgado, una orden de protección, una medida cautelar, un informe fiscal con indicios o una sentencia condenatoria.

¿Desde cuándo existe la baja por menopausia?

Desde el 1 de diciembre de 2026, cuando produce efectos la nueva redacción del artículo 169 que introduce el Real Decreto-ley 31/2026. Exige una patología limitante por trastorno menopáusico secundario, codificada como tal por el médico del servicio público de salud, y que te impida trabajar. No exige días cotizados.

¿Por qué la donación de órganos se paga al 100 %?

Porque la ley lo establece así para no penalizar a quien dona: el subsidio es el 100 % de la base reguladora de contingencias comunes. Cubre los días de preparación médica, aunque sean discontinuos, y los transcurridos desde el ingreso hospitalario para la preparación o el trasplante hasta el alta por curación.

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Fuentes oficiales de esta página

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Editor de calculadoras gratuitas sobre la incapacidad temporal en España: base reguladora, subsidio por tramos de días, pago de empresa e INSS o mutua, complementos de convenio y autónomos

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