Quién paga la baja

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Escribe el primer día y la causa: el calendario marca qué días paga la empresa de su bolsillo y desde cuándo corresponde al INSS o a la mutua.

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Calendario de tu baja

28 de octubre de 2027

Fecha en que se cumplen 365 días si la baja sigue. Enfermedad común.

Último día previsto7 de diciembre de 2026
INSS o mutua desde13 de noviembre de 2026
Pasas al 75 % el18 de noviembre de 2026
Día 365: el control pasa al INSS28 de octubre de 2027
Día 545: fin del subsidio25 de abril de 2028

Las fechas cuentan días naturales, fines de semana y festivos incluidos (LGSS, arts. 169 y 173).

Cómo se calcula
DíasFechas%Quién paga
1-329 oct 2026 – 31 oct 20260 %Nadie: días sin subsidio
4-151 nov 2026 – 12 nov 202660 %Empresa, a su cargo
16-2013 nov 2026 – 17 nov 202660 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)
21-4018 nov 2026 – 7 dic 202675 %INSS o mutua (la empresa lo adelanta)

Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026

En una baja hay que distinguir quién soporta el coste de cada día y quién te ingresa el dinero. En enfermedad común, los días 1 a 3 no los paga nadie, del 4 al 15 los paga la empresa de su bolsillo y desde el 16 corresponden al INSS o a la mutua con la que la empresa cubre la incapacidad temporal. En accidente de trabajo, el día de la baja es sueldo a cargo de la empresa y desde el segundo paga la mutua o el INSS. Pero mientras sigas contratado, todo te llega en la nómina: la empresa adelanta la parte de la entidad y la descuenta después de las cotizaciones que ingresa, lo que se llama pago delegado. En una baja de 40 días con 60 euros de base diaria, la empresa asume 432 € y la entidad 1080 €.

Quién soporta cada día

El artículo 173.1 de la Ley General de la Seguridad Social pone a cargo del empresario los días 4 a 15 de las bajas por enfermedad común y accidente no laboral. A partir del día 16 el coste es de la entidad: el INSS o la mutua que la empresa haya elegido para la incapacidad temporal por contingencias comunes. En accidente de trabajo y enfermedad profesional, la entidad paga desde el segundo día. La elección de la entidad la hace la empresa, no tú, y figura en su inscripción en la Seguridad Social. Con la misma base diaria de 60 € y 40 días de baja, el reparto queda así.

Reparto de una baja de 40 días con base diaria de 60 €
CausaSin pagoEmpresaINSS o mutua
Enfermedad común3 días432,00 €1080,00 €
Accidente de trabajo0 días60,00 € (sueldo del día 1)1755,00 €
Autónomo, enfermedad común3 días0 €1512,00 €

Quién te ingresa el dinero

El artículo 102.1.b) de la misma ley obliga a las empresas a pagar a sus trabajadores la prestación por cuenta de la entidad: es la colaboración obligatoria o pago delegado. La Orden de 13 de octubre de 1967 añade que, en ese caso, el subsidio se cobra en las mismas fechas que el sueldo. Desde la reforma de 2023, el artículo 170.2 mantiene esa colaboración también pasados los 365 días, hasta que te notifican el alta o hasta el día 545. Si la baja empieza en mitad de mes, la nómina de ese mes mezcla días de sueldo y días de baja, cada uno en su línea, así que conviene revisar cuántos días figuran en cada una.

¿Desde qué día paga la entidad?

Calendario de tu baja

28 de octubre de 2027

Último día previsto27 de diciembre de 2026
INSS o mutua desde13 de noviembre de 2026
Pasas al 75 % el18 de noviembre de 2026
Día 365: el control pasa al INSS28 de octubre de 2027
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Cuándo cobras directamente de la entidad

El pago directo es la excepción. Llega cuando el contrato termina durante la baja, porque ya no hay nómina; cuando la empresa incumple su obligación de pagar; y en los casos de empresas que no están obligadas a colaborar, como algunos empleadores del hogar. Si eres autónomo, no hay pago delegado: la mutua te paga directamente desde el cuarto día, como cuenta la página de autónomos. Y si estás en paro cuando empieza la baja, paga el servicio público de empleo, como explica baja estando en paro. El caso del contrato que se acaba está en despido durante la baja.

Preguntas frecuentes

¿Por qué mi nómina dice «IT pago delegado»?

Porque la empresa te está pagando la parte del subsidio que corresponde al INSS o a la mutua, por cuenta de ellos. Luego la descuenta de lo que debe ingresar a la Seguridad Social. Para ti no cambia nada: cobras en las fechas habituales. La línea de los días 4 a 15 suele aparecer aparte, porque esa parte la paga la empresa a su cargo.

¿Quién me paga la baja si me despiden estando de baja?

Desde el día siguiente a la extinción del contrato, el INSS o la mutua te pagan directamente, porque ya no hay empresa que adelante el dinero. El importe es el mismo mientras dure la baja; al terminar, pasarías al paro si te corresponde. Lo explicamos con cifras en la página de despido durante la baja.

¿Qué hago si la empresa no me paga la baja en la nómina?

El pago delegado es una obligación de la empresa. Si no lo hace, reclámalo por escrito primero y, si sigue sin pagar, puedes pedir el pago directo a la entidad que gestiona tu baja, el INSS o la mutua, aportando la documentación que te pidan. También puedes acudir a la Inspección de Trabajo.

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Fuentes oficiales de esta página

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Editor de calculadoras gratuitas sobre la incapacidad temporal en España: base reguladora, subsidio por tramos de días, pago de empresa e INSS o mutua, complementos de convenio y autónomos

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