Porcentaje de la baja: el 60 % y el 75 %
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Pon 21 días o más y mira cómo cambia el porcentaje: la tabla del resultado enseña el salto del 60 % al 75 % con su fecha exacta.
Cobras por 21 días de baja
657 €
Enfermedad común · base de septiembre de 2026 (regla vigente hasta el 30 de noviembre de 2026: el mes anterior)
| Base reguladora diaria | 60 € |
| Prestación legal | 657 € |
| A cargo de la empresa (días 4 a 15) | 432 € |
| A cargo del INSS o la mutua | 225 € |
| Sin baja habrías cobrado (bruto) | 1260 € |
En enfermedad común hacen falta 180 días cotizados en los últimos 5 años. Importes brutos: la prestación tributa en el IRPF y cotiza. Nada de lo que escribes sale de tu navegador.
| Días | Fechas | % | Quién paga | Importe |
|---|---|---|---|---|
| 1-3 | 29 oct 2026 – 31 oct 2026 | 0 % | Nadie: días sin subsidio | 0 € |
| 4-15 | 1 nov 2026 – 12 nov 2026 | 60 % | Empresa, a su cargo | 432 € |
| 16-20 | 13 nov 2026 – 17 nov 2026 | 60 % | INSS o mutua (la empresa lo adelanta) | 180 € |
| 21 | 18 nov 2026 | 75 % | INSS o mutua (la empresa lo adelanta) | 45 € |
Preparado por Radif Partners · Metodología · Normativa y convenios leídos en el BOE el 29 de octubre de 2026
La baja paga un porcentaje de la base reguladora, que es tu base de cotización diaria, no de tu sueldo neto. En enfermedad común y accidente no laboral, los días 1 a 3 se cobran al 0 %, del día 4 al 20 al 60 % y desde el día 21 al 75 %, hasta el final de la baja. En accidente de trabajo y enfermedad profesional, el día de la baja lo paga la empresa como día trabajado y desde el día siguiente se cobra el 75 %. La donación de órganos se paga al 100 %. Con una base de 1800 euros, el 60 % son 36 € al día y el 75 %, 45 €. Como la base incluye las pagas extra prorrateadas, el 75 % de la base suele acercarse más a tu sueldo neto mensual de lo que parece a primera vista.
La escala completa
El Real Decreto 53/1980 fija el 60 % para los días 4 a 20 de las contingencias comunes y el artículo 2 del Decreto 3158/1966 el 75 % para el resto y para los accidentes de trabajo. El artículo 173 de la Ley General de la Seguridad Social dice desde qué día nace el derecho. La tabla aplica cada porcentaje a cuatro bases mensuales, divididas entre 30.
| Base al mes | Días 4 a 20 (60 %) | Desde el día 21 (75 %) | Accidente de trabajo (75 %) |
|---|---|---|---|
| 1200 € | 24 € | 30 € | 30 € |
| 1800 € | 36 € | 45 € | 45 € |
| 2500 € | 50 € | 62,50 € | 62,50 € |
| 3500 € | 70 € | 87,50 € | 87,50 € |
Cada fila es un día. Para saber lo que cobras en un mes, multiplica por los días de cada tramo o usa la calculadora de arriba, que lo hace por ti y añade las fechas. Recuerda que los días son naturales: un mes de baja al 75 % son 30 o 31 días de subsidio, no los días laborables.
Sobre qué se aplica el porcentaje
El porcentaje se aplica a la base reguladora diaria, que sale de la base de cotización de un mes; cómo se elige ese mes y por qué cambia el 1 de diciembre de 2026 está en base reguladora. La base incluye la parte proporcional de las pagas extra, así que no es tu sueldo del mes. Si cobras 1500 euros netos en catorce pagas, tu base mensual ronda los 2100 euros y el 75 % de esa base queda cerca de tu neto mensual, antes de retenciones.
Una baja de 45 días
Cobras por 45 días de baja
1737 €
| Base reguladora diaria | 60 € |
| Prestación legal | 1737 € |
| A cargo de la empresa (días 4 a 15) | 432 € |
| A cargo del INSS o la mutua | 1305 € |
Cuando el porcentaje no basta
Muchos convenios colectivos garantizan el 100 % del sueldo durante parte de la baja o desde el primer día; la empresa paga la diferencia como complemento. Lo explicamos, con los artículos leídos en el BOE, en el complemento del convenio. Las situaciones especiales, como la menstruación incapacitante o la semana 39 de embarazo, siguen la misma escala del 60 y el 75 %, pero cambian el día en que empieza el pago: lo tienes en situaciones especiales. Y si los tres primeros días te preocupan, la página de los primeros días cuenta quién puede pagarlos.